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¿Puede el odontólogo reducir el riesgo de un proceso legal?


Como lo vimos en artículos anteriores, el odontólogo está expuesto a reclamaciones o procesos de responsabilidad legal, pero el margen de riesgo puede disminuir si el profesional aplica las siguientes recomendaciones:


· Evita prometer resultados específicos a los pacientes, ya que toda atención en salud acarrea riesgos y posibles complicaciones.


· Recuerda redactar la historia clínica de forma cronológica para tener control del paciente, conocer sus antecedentes, procedimientos a los que ha sido sometido y todos los detalles relevantes que debe considerar el profesional tratante. Este documento será muy importante en un proceso judicial, ya que será una prueba a tener en cuenta por la persona que va a decidir el caso.


· Es importante obtener el consentimiento informado antes de una consulta o procedimiento odontológico. El odontólogo debe informar al paciente los riesgos, incertidumbres y otras circunstancias que puedan comprometer el resultado del tratamiento. Conforme a lo estipulado en NOM-013-SSA2-2015, Para la prevención y control de enfermedades bucales.


· Es importante recordar que el consentimiento informado es una manifestación del derecho del paciente a decidir sobre su cuerpo, es un anexo de la historia clínica y un elemento de transferencia del riesgo que se convierte en un mecanismo de defensa ante un proceso legal.


Lex Artis en el ejercicio de la odontología


Existen principios éticos que debe cumplir el profesional para garantizar la seguridad del paciente y su buen actuar como miembro del sector salud. El documento está conformado por 90 artículos, en donde resaltamos los siguientes:


· El odontólogo no exigirá al paciente exámenes innecesarios ni lo someterá a tratamientos que no se justifiquen.


· El odontólogo no deberá comprometerse a efectuar tratamientos para los cuales no esté plenamente capacitado.


· La responsabilidad del odontólogo por reacciones adversas, inmediatas o tardías, producidas por efectos del tratamiento, no irá más allá del riesgo previsto con anterioridad.


· El odontólogo no deberá prescribir, suministrar o promover el uso de medicamentos, aparatos u otros agentes sin comprobar su eficacia.


Se recomienda que los odontólogos conozcan las leyes que rigen su profesión y atiendan todos los principios que se encuentran consignados en ella.



 

Fuente: https://bit.ly/3QiUu8E

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