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¿Quiénes pueden solicitar Pensión Alimenticia?

Cuando los padres se divorcian o se separan, se rompe el vinculo matrimonial entre ambos, pero permanece la obligación de dar alimentos y seguir manteniendo a los hijos principalmente. Debido a esta nueva situación en la familia, los padres tienen que ponerse de acuerdo en la manera en cómo seguirán con la manutención de los hijos o de otro modo recurrir ante un juez a que lo determine.


¿Qué necesidades debe cubrir una pensión alimenticia?


La ley establece que los padres son los principales obligados a dar alimentos a sus hijos, que no solo comprenden la comida, también deben cubrir los gastos de:

  • Vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto.

  • Respecto a los menores, además, los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.

  • Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo.

¿Quiénes tienen derecho a pedir la pensión alimenticia?


Los menores de edad, las personas con discapacidad, los sujetos a estado de interdicción y el cónyuge o concubino (a) que se dedique al hogar.


¿Qué sucede si los hijos son los que deben proveer de alimentos a sus padres?


Si fuera el caso en el que los padres carezcan de capacidad económica o medios para su manutención, corresponde a los hijos proporcionarles una pensión alimenticia, la cual deberá incluir, todo lo necesario para su atención geriátrica, se procurará que los alimentos se les proporcionen, integrándolos a la familia.


¿Cómo se establece una pensión alimenticia y que se toma en cuenta para fijar el monto?


Se debe realizar un escrito de demanda de pensión alimenticia, que deberá presentarse ante un juez en materia familiar, el cual considerara que los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien deba recibirlos.


Determinados por convenio o sentencia, los alimentos tendrán un incremento automático mínimo equivalente al aumento porcentual anual correspondiente al Índice Nacional de Precios al Consumidor publicado por el Banco de México, salvo que el deudor alimentario demuestre que sus ingresos no aumentaron en igual proporción. En este caso, el incremento en los alimentos se ajustará al que realmente hubiese obtenido el deudor. Estas prevenciones deberán expresarse una vez dictada la sentencia del juez o elaborado el convenio correspondiente.


¿Cómo se puede establecer el monto de una pensión alimenticia si no es posible comprobar los ingresos del deudor alimentario?


Cuando no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, el juez de lo familiar resolverá con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en los dos últimos años.

Fuente: https://misabogados.com.mx/blog/solicitud-pension-alimenticia/

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